La Fiscalidad de la Vivienda en 2024: Principales Cambios en Alquileres, IRPF y Fiscalidad Local

En los últimos meses, se han producido importantes actualizaciones en la fiscalidad de la vivienda, afectando especialmente a los propietarios que deseen alquilar o vender sus inmuebles. A continuación, se detallan las novedades más destacadas.

Alquileres

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, define como gran tenedor a aquel que posea más de diez propiedades urbanas residenciales o más de 1.500 metros cuadrados para uso residencial, excluyendo garajes y trasteros. Entre las nuevas medidas se incluyen:

Prórroga Forzosa

Se impone la obligación de conceder una prórroga de un año bajo las mismas condiciones del contrato en curso, siempre que el inquilino lo solicite y demuestre estar en una situación de vulnerabilidad social y económica. Limitación en el Incremento del Alquiler: Durante 2024, el aumento del alquiler no puede superar el 3% (frente al 2% en 2022). Para 2025, el INE deberá establecer un nuevo índice para la actualización anual de los contratos de arrendamiento, sustituyendo al IPC.

IRPF

Los cambios más significativos en el IRPF son:

La reducción general en el IRPF por arrendamientos de viviendas se reduce del 60% al 50% a partir del 1 de enero de 2024. Solo se mantendrá el 60% si se han realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores al nuevo contrato. Se introduce una reducción del 70% cuando se alquila la vivienda en zonas tensionadas a jóvenes entre 18 y 35 años, a administraciones públicas o a entidades sin fines lucrativos para fines sociales.

Se aplica una reducción del 90% si el inmueble se encuentra en una zona tensionada y el nuevo contrato de arrendamiento reduce la renta en más de un 5% respecto al anterior. La reducción se elimina completamente si se incumple la «cláusula general de limitación del alquiler» o si los ingresos por alquiler no se declaran y son descubiertos por la Administración. Esto último no constituye una novedad; ya había sido regulado con anterioridad en la Ley 11/2021, de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Fiscalidad Local

En lo que respecta a la fiscalidad local, destacan:

IBI

Posibilidad de incrementar el recargo del IBI hasta un 50% , si el período de desocupación del inmueble excede de dos años, o de hasta un 100% si el período de desocupación es superior a tres años o hasta un 100% para inmuebles desocupados de forma permanente, en función del tiempo de desocupación.

IIVTNU

Actualización de los coeficientes máximos aplicables al valor de los terrenos para la base imponible de la plusvalía municipal.

IAE

Clarificación de que solo deben tributar por las viviendas efectivamente alquiladas y no por aquellas que, aunque disponibles, no estén alquiladas. Consulta Vinculante V3227-23, de 13 de diciembre.

En resumen estas modificaciones reflejan un esfuerzo por regular el mercado de alquileres y viviendas, promoviendo la oferta de alquileres accesibles y sancionando la desocupación y el incumplimiento de las normativas fiscales.

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